Turrones y mazapanes, su regulación en España

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José María Ferrer Villar

30 Nov 2016

En este artículo avanzamos un análisis sobre cómo el Derecho Alimentario ha regulado en España algunos de los productos típicamente navideños, en concreto turrones y mazapanes, tanto desde el punto de vista de su reglamentación técnico-sanitaria, la legislación aplicable en instalaciones y requisitos de higiene alimentaria, etiquetado, controles de contaminantes y microbiológicos e incluso lo que aplica en aquellos productos de especial protección a través de las correspondientes DOPs e IGPs.

Los turrones y mazapanes cuentan con una reglamentación técnico-sanitaria (RTS) desde 1982 que ha sido modificada a lo largo de sus 34 años de existencia. La RTS define turrón como “la masa obtenida por cocción de miel y azúcares con o sin clara de huevo o albúmina, con incorporación posterior y amasado de almendras tostadas, peladas o con piel. La miel podrá ser sustituida total o parcialmente por azúcares en sus distintas clases y derivados”.

Y mazapán como “la masa obtenida por amasado, con o sin cocción, de una mezcla de almendras crudas, peladas y molidas, con azúcares en sus distintas clases y derivados”.

La legislación aplicable a estos productos, más allá de fijar sus definiciones, condiciones del producto y características de calidad, no entra actualmente en otros aspectos, tales como las instalaciones o requisitos de higiene alimentaria, que deja en manos de lo establecido en el Reglamento 852/2004, el etiquetado e información que está regulado al igual que en el resto de los alimentos por el Reglamento 1169/2011 o temas tan importantes como el empleo de aditivos, los controles de contaminantes y microbiológicos, que han quedado bajo la regulación de los reglamentos 1333/2008, 1881/2006 y 2073/2005 respectivamente.

Por ello, en la actividad de producción de turrones y mazapanes, además de la importancia que tiene la RTS en tanto que define y concreta las posibilidades que tenemos para elaborar estos navideños productos, es fundamental que tomemos en consideración el resto del ordenamiento jurídico alimentario, tal y como enunciábamos a modo de ejemplo con algunos de los principales reglamentos que hay que aplicar en esta actividad.

Productos de calidad diferenciada

Por otra parte, no podemos hablar de turrones y mazapanes, sin mencionar que se trata de productos de calidad diferenciada y que cuenta con especial protección a través de las correspondientes Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP), que protegen las características propias y diferenciales de estos alimentos. Aquí mencionamos las principales en relación con turrones y mazapanes:

  • Jijona: Consejo Regulador de las IIGGPP “Jijona” y “Turrón de Alicante”.
  • Mazapán de Toledo: Consejo Regulador de la IGP “Mazapán de Toledo”.
  • Turrón de Agramunt: Consejo Regulador de la IGP “Turrón de Agramunt”.
  • Turrón de Alicante: Consejo Regulador de las IIGGPP “Jijona” y “Turrón de Alicante”.

Desde AINIA, ponemos a su disposición un equipo multidisciplinar que podrá ayudarle tanto en cuestiones regulatorias como en aquellas relacionadas con la I+D+i, desde la reformulación de productos alimenticios para desarrollar nuevos productos a partir de los tradicionales turrones y mazapanes.

Asimismo, le animamos a que se sume al grupo sobre Legislación Alimentaria en LinkedIn y que conozca con más detalle cómo desde el Derecho Alimentario podemos ayudarle a garantizar su seguridad jurídica y alimentaria, visitando Lexainia.com

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José María Ferrer Villar

Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios

Desde que me incorporé a AINIA en 1997, he trabajado en el ámbito del Derecho Alimentario. Por mi formación en Derecho y mi especialización en el ámbito agroalimentario he podido abordar actividades asociadas con la consultoría y con la docencia a través la participación en proyectos multidisciplinares en colaboración con empresas de distintos sectores agroalimentarios. Me motiva especialmente aplicar el conocimiento técnico a retos reales del mercado, facilitando la interpretación y aplicación del Derecho Alimentario por parte de los operadores.

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José María Ferrer Villar
Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios

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