Real Decreto 164/2014: Nuevas normas para bebidas espirituosas

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José María Ferrer Villar

26 Mar 2014

Acaba de aprobarse el Real Decreto 164/2014, de 14 de marzo, por el que se establecen normas complementarias para la producción, designación, presentación y etiquetado de determinadas bebidas espirituosas.

Esta normativa es necesaria por cuanto actualiza legislación que en algún caso tenía más de 40 años, en consecuencia se derogan:
  • Decreto 644/1973, de 29 de marzo, por el que se establece la Reglamentación Especial para la elaboración, circulación y comercio de whisky
  • Decreto 2484/1974, de 9 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación especial para la elaboración, circulación y comercio del brandy
  • Decreto 1228/1975, de 5 de junio, por el que se establece la Reglamentación Especial para la elaboración, circulación y comercio del ron
  • Real Decreto 2297/1981, de 20 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación Especial para la elaboración, circulación y comercio de la ginebra
  • Real Decreto 644/1982, de 5 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación Especial para la elaboración, circulación y comercio de anís
  • Real Decreto 1416/1982, de 28 de mayo, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de aguardientes compuestos, licores, aperitivos sin vino base y otras bebidas derivadas de alcoholes naturales
  • Resolución de la Dirección General de Industrias Alimentarias y Diversas, de 15 de febrero de 1977, por la que se autoriza el empleo de infusiones o extractos hidroalcohólicos de materias naturales en la elaboración de Brandy.
La nueva legislación ha considerado el marco normativo de la UE en materia de bebidas espirituosas y la evolución del mercado en España, procediendo en consecuencia a la adaptación del ordenamiento jurídico y también a mejorar la seguridad jurídica para las industrias alimentarias dedicadas a estos productos, además de contribuir a la mejora en la competitividad del sector e informar de la forma más correcta a los consumidores.
Por último, hay que resaltar el trabajo de puesta al día simplificando esta normativa y eliminando aquellos requerimientos nacionales que podían entrar en conflicto con lo legislado por la UE y que realmente estaban derogados de hecho, aunque no derecho.
Si quiere saber mas información, contacte con José Mª Ferrer, Jefe del Departamento de Legislación de ainia, jmferrer@ainia.es
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Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios

Desde que me incorporé a AINIA en 1997, he trabajado en el ámbito del Derecho Alimentario. Por mi formación en Derecho y mi especialización en el ámbito agroalimentario he podido abordar actividades asociadas con la consultoría y con la docencia a través la participación en proyectos multidisciplinares en colaboración con empresas de distintos sectores agroalimentarios. Me motiva especialmente aplicar el conocimiento técnico a retos reales del mercado, facilitando la interpretación y aplicación del Derecho Alimentario por parte de los operadores.

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José María Ferrer Villar
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