El advantamo: Próxima incorporación a la lista positiva de aditivos de la UE

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José María Ferrer Villar

09 Abr 2014

Se espera que el Advantamo se incorpore en breve a la lista positiva de aditivos. Una vez incorporado se procederá a la modificación la legislación sobre aditivos alimentarios (Reglamento 1333/2008). Con esta aprobación, se convertirá en una alternativa a los azúcares calóricos como la sacarosa, glucosa o fructosa, lo que permitirá a los fabricantes reducir el contenido calórico  en diversos productos alimentación y de mesa.

El Advantamo se constituirá como una alternativa  a los edulcorantes intensivos, tanto los de origen químico como el aspartamo o la sacarina como los de origen vegetal como la estevia,  con la próxima aprobación del Reglamento por el que se modifican el anexo II del Reglamento (CE) nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el anexo del Reglamento (UE) nº 231/2012 de la Comisión por lo que se refiere al uso de Advantamo como edulcorante.

El advantamo, es un edulcorante bajo en calorías (de los llamados de nueva generación), que nace de la combinación del aspartamo y de la vainillina. Es 37.000 veces más dulce que el azúcar y 100 veces más dulce que el aspartamo y puede ser utilizado para mejorar sabores tales como frutas, cítricos y menta y para ampliar la duración del sabor dulce en la goma de mascar.

Uso del Advantamo como edulcorante intensivo

Sabor, dulzor y buena estabilidad, estos son los 3 factores principales por lo que el advantamo se va a convertir en una alternativa a los azucares calóricos como la sacarosa, glucosa o fructosa.

El uso de Advantamo como edulcorante intensivo en diversos productos alimenticios y de mesa permitirá reducir el contenido calórico de tales productos y además constituye una necesidad tecnológica, dado que proporcionará a los fabricantes mayor flexibilidad a la hora de crear productos alimenticios de valor energético reducido con un sabor similar al de sus equivalentes de valor calórico no reducido.

Nuevos productos con valor energético reducido

La inclusión de Advantamo como edulcorante en las categorías de alimentos para los que se autoriza el uso de edulcorantes intensivos con arreglo al anexo II del Reglamento (CE) nº 1333/2008 proporcionará a los fabricantes:

• Una mayor flexibilidad a la hora de crear productos alimenticios de valor energético reducido con un sabor similar al de sus equivalentes de valor calórico no reducido

• Una alternativa a los edulcorantes intensivos ya autorizados para ofrecer a los consumidores, gracias al sabor, el dulzor y su buena estabilidad

• La opción de elegir entre una selección más amplia de edulcorantes, con lo que se reduce la ingesta de cada uno de ellos.

Antecedentes de la legislación del advantamo en la UE

El advantamo ha sido objeto de estudio y análisis en la UE por la EFSA. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) evaluó la seguridad  del Advantamo utilizado como aditivo alimentario y emitió su dictamen el 31 de julio  de 2013.

Dictamen en el que la EFSA llegó a la conclusión de que Advantamo usado como edulcorante no constituía un problema de seguridad en los usos y dosis propuestos. Ingesta diaria admisible (IDA) de Advantamo: 5 mg/kg de peso corporal. Una vez considerados todos los datos sobre estabilidad, productos de degradación, toxicología y exposición.

Si quiere saber mas información sobre la legislación relacionada con los edulcorantes de nueva generación, contacte con José Mª Ferrer, Jefe del Departamento de Legislación de ainia, jmferrer@ainia.es

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Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios

Desde que me incorporé a AINIA en 1997, he trabajado en el ámbito del Derecho Alimentario. Por mi formación en Derecho y mi especialización en el ámbito agroalimentario he podido abordar actividades asociadas con la consultoría y con la docencia a través la participación en proyectos multidisciplinares en colaboración con empresas de distintos sectores agroalimentarios. Me motiva especialmente aplicar el conocimiento técnico a retos reales del mercado, facilitando la interpretación y aplicación del Derecho Alimentario por parte de los operadores.

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