Autorizado el uso de dióxido de azufre y de sulfitos en productos aromatizados a base de vino

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José María Ferrer Villar

26 Feb 2014

A partir de ahora vinos aromatizados, bebidas a base de vino aromatizado y cócteles aromatizados de productos vitivinícolas podrán incorporar el dióxido de azufre y de sulfitos (E 220-228). Se ha aprobado el uso de este aditivo alimentario como conservante y antioxidante en productos aromatizados a base de vino, por el Reglamento (UE) nº 59/2014.

Aunque el dióxido de azufre y los sulfitos ya estaban autorizados en vino, hasta ahora en productos aromatizados a base de vino, como por ejemplo los vermuts y otro tipo de bebidas alcohólicas consumidas habitualmente como alternativa a otras bebidas alcohólicas como el vino, no estaban autorizados.

En este sentido, La UE ha considerado positivamente la solicitud para ampliar el uso de los aditivos mencionados, y en consecuencia ha procedido a la modificación del Reglamento 1333/2008 para posibilitar esta nueva aplicación de los sulfitos.

Por ello, desde la aprobación del Reglamento (UE) nº 59/2014 se autoriza la utilización de dióxido de azufre y sulfitos (E 220-228) en productos aromatizados a base de vino.

¿Por qué es técnicamente necesario su uso en estos productos?

El uso de dióxido de azufre y de sulfitos (E 220-228), en productos aromatizados a base de vino,  es necesario principalmente por tres motivos:

• Para impedir la oxidación • Para evitar contaminaciones microbiológicas • Para mejorar la conservación del sabor y del color de los productos

Es preciso proteger estos productos, como por ejemplo los vermuts, ya que a menudo se conservan durante mucho tiempo después de abrir la botella.

El Comité Científico de la Alimentación Humana fija la ingesta diaria admisible (E 220-228)

El Comité Científico de la Alimentación Humana ha considerado este nuevo uso y entiende que esta ingesta adicional no va conducir a un incremento sobre el total y por lo tanto no hay inconveniente en autorizar el nuevo uso en:

• Vinos aromatizados • Bebidas a base de vino aromatizado • Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas

Con esta nueva utilización, la exposición adicional al dióxido de azufre y los sulfitos (E 220-228) será limitada y no conducirá a un incremento de la ingesta total.
Actualización de la lista de aditivos alimentarios de la UE

Por tanto, el dióxido de azufre y de sulfitos (E 220-228) se incluye como conservante y antioxidante en productos aromatizados a base de vino en la lista de aditivos alimentarios de la UE (Reglamento (CE) nº 1333/2008) al considerarse que está exento de repercusiones en la salud humana y no es necesario solicitar el dictamen de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria.

En el siguiente enlace podemos ver todos los usos autorizados, por la UE,  del dióxido de azufre y de sulfitos (E 220-228) como aditivo alimentario.

Si quiere saber mas, contacte con José Mª Ferrer, Jefe del Departamento de Legislación de ainia, jmferrer@ainia.es

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Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios

Desde que me incorporé a AINIA en 1997, he trabajado en el ámbito del Derecho Alimentario. Por mi formación en Derecho y mi especialización en el ámbito agroalimentario he podido abordar actividades asociadas con la consultoría y con la docencia a través la participación en proyectos multidisciplinares en colaboración con empresas de distintos sectores agroalimentarios. Me motiva especialmente aplicar el conocimiento técnico a retos reales del mercado, facilitando la interpretación y aplicación del Derecho Alimentario por parte de los operadores.

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