Aprobado uso agua caliente reciclada para eliminar contaminación microbiológica superficies canales

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José María Ferrer Villar

28 Ago 2015

Legislación Alimentaria: Se aprueba el uso de agua caliente reciclada para eliminar la contaminación microbiológica de superficies en canales. En la foto, una imagen de canales de cerdo.

Se podrá emplear agua caliente reciclada para eliminar la contaminación microbiológica de superficie de las canales, importante novedad que se da tras el dictamen favorable de la EFSA, que a través de su Comisión Técnica de Factores de Peligro Biológicos adoptó en septiembre de 2010 un dictamen científico sobre la inocuidad y la eficacia del uso de agua caliente reciclada como técnica de descontaminación para las canales de carne.

En el citado dictamen, se concluye que el agua caliente reciclada es igual de eficaz que el agua potable caliente para reducir la contaminación microbiológica de superficie y que los principales riesgos de su utilización son los riesgos microbiológicos asociados a determinadas esporas bacterianas resistentes al calor.

Además, ha pesado en la aprobación de este reglamento también el valor añadido por razones medioambientales y de ahorro energético, junto con el hecho de que el agua caliente reciclada puede ser un instrumento más para lograr los objetivos de los Reglamentos (CE) nº 852/2004, (CE) nº 853/2004, (CE) nº 854/2004 y (CE) nº 2073/2005 en materia de higiene y seguridad alimentaria.

Seguridad alimentaria, higiene y controles microbiológicos

Por último, una llamada a la prudencia en el uso de esta nueva opción, ya que si bien se abre una nueva vía, esto no debe ser óbice para que la industria alimentaria siga respetando los requisitos de la legislación UE en materia de higiene alimentaria y controles microbiológicos (Reglamentos (CE) nº 852/2004, (CE) nº 853/2004, (CE) nº 854/2004 y (CE) nº 2073/2005).

El uso del agua caliente reciclada se deberá integrar en los sistemas de autocontrol (APPCC) y no es directamente un sustitutivo de prácticas de sacrificio y procedimientos operativos higiénicamente correctos, ni una alternativa para cumplir los requisitos establecidos en la legislación alimentaria aplicable a la higiene y los controles microbiológicos en la UE.

En el enlace puedes acceder al reglamento relativo a esta novedad en legislación alimentaria

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José María Ferrer Villar

Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios

Desde que me incorporé a AINIA en 1997, he trabajado en el ámbito del Derecho Alimentario. Por mi formación en Derecho y mi especialización en el ámbito agroalimentario he podido abordar actividades asociadas con la consultoría y con la docencia a través la participación en proyectos multidisciplinares en colaboración con empresas de distintos sectores agroalimentarios. Me motiva especialmente aplicar el conocimiento técnico a retos reales del mercado, facilitando la interpretación y aplicación del Derecho Alimentario por parte de los operadores.

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