Aguas potables, la Comisión Europea revisa los criterios de calidad

Imagen de José María Ferrer Villar
José María Ferrer Villar

14 Oct 2015

Legislación Alimentaria: La CE ha revisado los criterios para la calidad de las aguas potables. En la imagen, una niña bebiendo agua.

Es necesario actualizar las especificaciones existentes, valorando los avances científicos y técnicos para garantizar la coherencia con la legislación de la Unión Europea en materia de aguas destinadas al consumo humano.

La legislación actual data de 1998 y debemos tener en consideración que desde 2004 la Organización Mundial de la Salud aplica el enfoque del plan de seguridad del agua, que se basa en los principios de evaluación de riesgos y de gestión de riesgos establecidos en sus Guías para la calidad del agua potable.

Las guías mencionadas, en combinación con la norma EN 15975-2 (sobre la seguridad en el suministro de agua potable), son elementos básicos en el ámbito internacional en cuanto a la producción, la distribución, el control y el análisis de los parámetros del agua potable y la actualización legislativa los tiene en cuenta.

La actualización de las especificaciones de las aguas destinadas al consumo humano

Desde 1998 la experiencia con esta legislación nos lleva a ver que en algunos parámetros, en especial los fisicoquímicos, las concentraciones presentes no suelen dar lugar a un incumplimiento de los valores límite.

El hecho de controlar y notificar datos sobre éstos genera un elevado coste, además de no tener utilidad práctica. Por ese motivo y valorando una aplicación más flexible de la legislación se plantean alternativas en la legislación para las aguas destinadas al consumo humano. De esta forma es posible ahorrar en coste sin poner en mayor riesgo la salud pública ni otros aspectos, a través del control flexible.

Por lo tanto, es necesario que los Estados miembros tengan la posibilidad de fijar excepciones a los programas de control que hayan establecido, siempre que se realicen evaluaciones de riesgos verosímiles, que pueden basarse en las Guías para la calidad del agua potable de la OMS.

Por ahora en España en las aguas destinadas al consumo humano seguiremos aplicando el Real Decreto 140/2003 hasta que se proceda con la transposición de la directiva que aquí comentamos, que como muy tarde deberá producirse antes del 27 de octubre de 2017.

Comparte este artículo
Imagen de José María Ferrer Villar
José María Ferrer Villar

Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios

Desde que me incorporé a AINIA en 1997, he trabajado en el ámbito del Derecho Alimentario. Por mi formación en Derecho y mi especialización en el ámbito agroalimentario he podido abordar actividades asociadas con la consultoría y con la docencia a través la participación en proyectos multidisciplinares en colaboración con empresas de distintos sectores agroalimentarios. Me motiva especialmente aplicar el conocimiento técnico a retos reales del mercado, facilitando la interpretación y aplicación del Derecho Alimentario por parte de los operadores.

¿Te ha interesado este tema?

Déjanos tus datos y te contactaremos para resolver tus dudas o continuar la conversación.

José María Ferrer Villar
Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios

Noticias relacionadas

Acceso a AINIA Network

Este espacio es exclusivo para miembros de AINIA Network. Si ya eres parte, accede con tu contraseña. Si no, puedes solicitar acceso.

Este sitio está registrado en wpml.org como sitio de desarrollo. Cambia a una clave de sitio de producción en remove this banner.